Consulta para un estudio del FMI de 2019 sobre la tributación internacional de las empresas

Octubre de 2018

El Departamento de Finanzas Públicas y el Departamento Jurídico del FMI están preparando un estudio sobre el sistema de tributación internacional de las empresas y su posible evolución futura. Se prevé que el documento se someterá a consideración del Directorio Ejecutivo del FMI en febrero de 2019.

El estudio se basará en documento de política del FMI de 2014 sobre los efectos de la tributación internacional de las empresas, en el cual i) se presenta una caracterización general de la actual arquitectura de tributación internacional; ii) se identifican y cuantifican los efectos inducidos por el sistema entonces vigente; iii) se examinan a fondo los obstáculos específicos en los países en desarrollo; iv) se analizan algunos sistemas alternativos.

El nuevo estudio del FMI A) evaluará el estado actual del sistema de tributación internacional, incluida su evolución en los últimos cinco años; B) analizará más a fondo alternativas futuras; y C) reflexionará sobre los regímenes actuales y posibles de gestión de gobierno de la tributación internacional.

El estudio no pretende establecer normas internacionales para la tributación (lo cual está fuera del ámbito de competencia del FMI); el objetivo es más bien estimular y fundamentar las ideas de las autoridades y otras partes interesadas en un momento en que la arquitectura de la tributación internacional que ha estado vigente por mucho tiempo está en un importante punto de inflexión.

Preguntas para la consulta

El FMI está recabando opiniones que aporten información valiosa para preparar el nuevo estudio. Aceptamos comentarios sobre cualquier aspecto del sistema de tributación internacional, pero nos interesan específicamente comentarios sobre las siguientes cuestiones:

  1. ¿Cuál es su opinión sobre el estado actual de del sistema de tributación internacional de las empresas?

    Por ejemplo:
    • ¿Cuáles considera que son las principales ventajas o deficiencias del proyecto de la OEDE sobre la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios (BEPS)?
    • ¿Cómo afecta a los países en desarrollo?
    • ¿Qué opina sobre las reformas tributarias recientes en Estados Unidos y otros países?
    • ¿Se está tornado más difícil abordar los problemas que presentan los actuales principios de tributación internacional (residencia y bases fuente; precios de mercado, etc.)?• En su opinión, ¿es problemática la asignación de derechos de tributación y la atribución de beneficios a los países?

  2. Suponiendo que en el mundo siguiera rigiendo en general la actual arquitectura tributaria internacional, ¿cómo será el panorama futuro de la tributación de las empresas?

    Por ejemplo:
    • ¿Cómo incidirán en la equitatividad, la eficiencia y la implementación del sistema de tributación la digitalización y la creciente importancia de factores intangibles y la “participación de los usuarios” (por ejemplo, los motores de búsqueda y los medios sociales)?
    • ¿Con qué grado de eficacia pueden incorporarse los futuros cambios de política tributaria en la actual arquitectura internacional?
    • ¿La competencia se intensificará o se moderará?

  3. ¿Pueden los métodos de tributación unitaria/distribución formularia ayudar a subsanar las deficiencias de la actual arquitectura? Si no es posible adoptar plenamente una distribución formularia, ¿qué opina de emplear algún tipo de método residual de partición de utilidades en los casos en que el principio de precios de mercado no funcione correctamente o no sea aplicable?

  4. Varias propuestas incluyen elementos de tributación basada en el lugar de destino (es decir, asignar la base imponible, quizá en parte, al lugar de la venta final). ¿Qué ventajas y desventajas le parece que conlleva este tipo de tributación, en principio y en la práctica? ¿Le parece que el sistema actual ya está dando un giro hacia los principios de tributación por lugar de destino (por ejemplo, las medidas provisionales de tributación digital)?

  5. ¿Deberían modificarse las bases imponibles para que se centren únicamente en las “rentas económicas”— “utilidades excedentarias”— y debería restringirse la tributación de las rentas “ordinarias” solo al nivel de los accionistas (o eliminar la tributación de estos)?

    Por ejemplo, esto podría consistir en usar un impuesto sobre los flujos de efectivo o un sistema de desgravación del capital social de las empresas que permita la deducción inmediata a nivel empresarial de todos los costos de inversión, o que permita una deducción anual por la renta ordinaria de capital invertido como si fuera deuda.

  6. ¿Qué opina de las propuestas (o reformas como la disposición sobre ingresos intangibles globales sujetos a baja tributación, o “GILTI” por sus siglas en inglés, recientemente adoptada en Estados Unidos) para aplicar algún tipo de impuesto mínimo a la renta de las empresas?

  7. ¿Qué opina de los impuestos focalizados específicamente en diversas formas de actividades digitales?

  8. ¿Qué opina de los actuales mecanismos de cooperación o coordinación tributaria internacional? ¿Son adecuados para subsanar las deficiencias que puede detectar en la actual arquitectura de tributación internacional?

  9. Sírvase mencionar cualquier otra cuestión que le parece que debería abordar el estudio del FMI.

Cómo participar

Se alienta a las partes interesadas a enviar sus respuestas a estas preguntas y cualquier otro comentario a IMFCONSULTATION@imf.org, a más tardar hasta el cierre de la jornada laboral del lunes, 10 de diciembre de 2018, hora del este de Estados Unidos.

Para que sus comentarios queden registrados, sírvase incluir en su correo electrónico los siguientes datos. Los remitentes pueden solicitar que sus respuestas y comentarios sean confidenciales.

  • Nombre del remitente
  • Organización que representa (si corresponde)
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  • Dirección de correo electrónico

En nuestra página web se publicará un resumen de las respuestas, que se incluirá también en el documento final que se presente al Directorio.