Estatutos del Fondo Monetario Internacional
Estos Estatutos se adoptan en uso de la facultad que confiere el Convenio Constitutivo del Fondo Monetario Internacional y al objeto de complementarlo, y conforme a estas bases deberán interpretarse. En caso de discrepancia entre cualquier disposición de estos Estatutos y algún precepto o requisito del Convenio Constitutivo, prevalecerá lo dispuesto en este último.