El Directorio Ejecutivo del FMI informa a la Junta de Gobernadores sobre las reformas de 2010 y la Decimoquinta Revisión General de Cuotas
23 de enero de 2013
Comunicado de Prensa No. 14/2223 de enero de 2014
El Directorio Ejecutivo del Fondo Monetario Internacional (FMI) adoptó el 22 de enero de 2014 un informe a la Junta de Gobernadores —el máximo órgano de decisión del FMI— sobre las reformas de 2010 y la Decimoquinta Revisión General de Cuotas.
En diciembre de 2010, al completar la Decimocuarta Revisión General de Cuotas y aprobar el Proyecto de enmienda sobre la reforma del Directorio Ejecutivo, la Junta de Gobernadores solicitó al Directorio Ejecutivo que adelantara a enero de 2014 el calendario para la conclusión de la Decimoquinta Revisión General de Cuotas (véase el Comunicado de Prensa No. 10/418)1. La Junta de Gobernadores también solicitó al Directorio Ejecutivo que realice un examen integral de la fórmula que se utiliza para el cálculo de las cuotas a más tardar para enero de 2013. Estos compromisos a futuro fueron asumidos como parte del programa acordado de reformas de 2010 relativas a las cuotas y a la estructura de gobierno.
La enmienda sobre la reforma del Directorio Ejecutivo aún no ha entrado en vigor. A mediados de enero de 2014, 141 países miembros (requisito: 113) que representan el 76,1% de las cuotas (requisito: 85%) habían aceptado la enmienda sobre la reforma del Directorio Ejecutivo2. La puesta en marcha de la labor relacionada con la Decimoquinta Revisión General de Cuotas ha quedado en suspenso para facilitar el logro del umbral de aceptación necesario para la entrada en vigor de la enmienda sobre la reforma del Directorio Ejecutivo, que constituye una de las condiciones generales que deben cumplirse para que los aumentos de cuotas entren en vigor conforme a la Decimocuarta Revisión General de Cuotas.
En su informe, el Directorio Ejecutivo lamenta profundamente el retraso en la implementación de los aumentos de cuotas conforme a la Decimocuarta Revisión y que, como resultado, no haya podido completar su labor relacionada con la Decimoquinta Revisión para enero de 2014, según el calendario solicitado por la Junta de Gobernadores. En vista del retraso, el Directorio Ejecutivo ha concluido que es necesario disponer de más tiempo para completar su labor relacionada con la Decimoquinta Revisión.
El Directorio Ejecutivo reitera la importancia y urgencia de las reformas de 2010 para reforzar la eficacia y la legitimidad del FMI. Esto incluye asegurar que, como institución basada en cuotas, el FMI disponga de suficientes recursos permanentes para atender las necesidades de los países y que su estructura de gobierno refleje la evolución de la posición relativa de sus países miembros en la economía mundial.
El Directorio Ejecutivo propone que el plazo para completar la Decimoquinta Revisión General de Cuotas se prorrogue de enero de 2014 a enero de 2015. Asimismo, el Directorio Ejecutivo reconoce que la prioridad inmediata es la entrada en vigor de la Decimocuarta Revisión y la enmienda sobre la reforma del Directorio Ejecutivo. Por lo tanto, el Directorio Ejecutivo propone que la Junta de Gobernadores adopte una Resolución en la que lamente profundamente que la Decimocuarta Revisión y la enmienda sobre la reforma del Directorio Ejecutivo no hayan entrado en vigor e inste a los restantes miembros que aún no hayan aceptado los aumentos de cuotas conforme a la Decimocuarta Revisión y la enmienda sobre la reforma del Directorio Ejecutivo a que lo hagan sin más demora.
Por último, en vista de la importancia de que los aumentos de cuotas conforme a la Decimocuarta Revisión y la enmienda sobre la reforma del Directorio Ejecutivo entren en vigor sin más demora, el Directorio Ejecutivo propone que como paso siguiente, la Junta de Gobernadores solicite al Presidente del Comité Monetario y Financiero Internacional (CMFI) que consulte con los miembros e informe al CMFI durante las Reuniones de Primavera de 2014 sobre los avances realizados para lograr que la Decimocuarta Revisión y la enmienda sobre la reforma del Directorio Ejecutivo entren en vigor, y las opciones disponibles para completar la actual ronda del proceso de reforma de las cuotas, con el objetivo de completar la Decimoquinta Revisión a más tardar en enero de 2015.
1 Resolución No. 66-2 de la Junta de Gobernadores sobre la Decimocuarta Revisión General de Cuotas y la Reforma del Directorio Ejecutivo, adoptada el 15 de diciembre de 2010. De conformidad con lo dispuesto en el Convenio Constitutivo, el plazo de conclusión de la Decimoquinta Revisión General de Cuotas es el 15 de diciembre de 2015 (en virtud del Artículo III, Sección 2 a), la Junta de Gobernadores efectuará una revisión general de las cuotas de los países miembros a intervalos de cinco años como máximo).
2 Cuarenta y siete países miembros aún no han aceptado la enmienda sobre la reforma del Directorio Ejecutivo. Se requiere la aceptación de Estados Unidos para obtener el umbral de aceptación necesario para la entrada en vigor de la enmienda sobre la reforma del Directorio Ejecutivo.
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